Norma establece, en síntesis, que la jibia puede capturarse únicamente con un sistema empleado por los pescadores artesanales: la potera. El Tribunal Constitucional (TC) acogió este lunes a tramitación, por...
Norma establece, en síntesis, que la jibia puede capturarse únicamente con un sistema empleado por los pescadores artesanales: la potera.
El Tribunal Constitucional (TC) acogió este lunes a tramitación, por tres votos contra dos, un recurso interpuesto por la pesquera Landes en contra de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (Subpesca), para que no se aplique la llamada Ley de la Jibia.
Esa norma -que integra la Ley General de Pesca y Acuicultura- establece, en síntesis, que la jibia puede capturarse únicamente con un sistema empleado por los pescadores artesanales: la potera.
El Tribunal Constitucional determinó que la acción de Landes cumple con las formalidades requeridas para este tipo de recursos y ahora deberá pronunciarse sobre el fondo de la controversia.
La empresa argumentó ante el TC que no corresponde aplicar la Ley de la Jibia, en el marco de un recurso de protección presentado por esa misma pesquera ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso, también contra Subpesca.
Landes entabló el recurso en la Corte, cuando la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura mandató aplicar la Ley de la Jibia, en el contexto de un trámite vinculado con certificaciones de naves.
“El Tribunal Constitucional acogió a trámite el recurso deducido por Landes en contra de Subpesca para que no se aplique la Ley de la Jibia. Nuestra Subsecretaría continuará defendiendo sus atribuciones en esta causa, y cumplirá con su obligación de hacer que se apliquen las normas vigentes”, anticipó el Subsecretario de Pesca y Acuicultura, Román Zelaya.