Reciente la Superintendencia del Medio Ambiente ordenó la revocación de tres Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA) a Nova Austral.
En entrevista con un medio de comunicación, el Superintendente del Medio Ambiente (S), Emanuel Ibarra resaltó la histórica sanción de revocación de las Resoluciones de Calificación Ambientales (RCA) N°54/2010 del Centro de Engorda de Salmónidos (CES) Cockburn 14; RCA N°78/2010, del CES Cockburn 23; y RCA N°71/2003 del CES Aracena 10, todos de la salmonera Nova Austral.
A propósito de la reciente orden de revocación de tres Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA), por parte de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) en contra de Nova Austral, el superintendente (s), Emanuel Ibarra fue entrevistado por El Mostrador, instancia en la que entregó los detalles y proyecciones de la que ha sido -hasta la fecha- la máxima sanción del catálogo de la SMA en contra de una empresa salmonicultora.
Es importante recordar que Nova Austral superó ampliamente los límites de producción máxima autorizada en tres centros de cultivo, generando un daño ambiental en el Parque Nacional Alberto de Agostini, en la comuna de Cabo de Hornos, Región de Magallanes.
«Nosotros tenemos la visión de que no estamos atacando a las industrias, sino a los infractores, porque hay empresas que cumplen con sus obligaciones en la industria del salmón. De hecho, trabajamos junto al Consejo del Salmón y SalmonChile para prevenir este tipo de infracciones, pero lamentablemente tenemos empresas que se equivocan de forma grave», señaló Ibarra.
En el caso del CES Cockburn 14 se comprobó que, durante el ciclo productivo comprendido entre los meses de octubre de 2015 y mayo de 2017 registró una sobreproducción sobre un 15% más de lo permitido. En tanto, en el CES Cockburn 23, durante el ciclo productivo comprendido entre los meses de enero de 2016 y noviembre de 2017 se demostró una sobreproducción en más de un 30%. Finalmente, en relación con el CES Aracena 10, se constató una excedencia de producción de salmones sobre un 25% del ciclo productivo 2016-2017.
«Se trata de una sanción histórica, pues nunca se había revocado un permiso ambiental. Además, hablamos que esta falta ocurre dentro de un parque nacional protegido, como es el Alberto De Agostini», explicó la autoridad.
Cabe precisar que en este caso, la SMA se aplicó esta sanción recurriendo a criterios que se utilizan para dictar sanciones no pecuniarias, tales como, la magnitud del daño causado al medio ambiente en un área protegida; la intencionalidad de la empresa, considerando que la siembra, engorda y cosecha es una acción planificada y con total control de la empresa; la contumacia de la empresa, que ya cuenta con varios procedimientos sancionatorios; y el beneficio económico obtenido a causa de las infracciones.
Respaldo por parte del gremio
“Nuestro actuar ha tenido el respaldo del Consejo de Salmón y SalmónChile, debido a que estás irregularidades significan un daño a la imagen del sector. Por lo demás, en el contexto en el que estamos, la gestión ambiental requiere que lo público vaya de la mano con lo privado”, enfatizó Ibarra.
Con todo, para la SMA estas sanciones transmiten la necesidad que las empresas se empiecen a preocupar más por sus impactos y realicen revisiones más exhaustivas de sus procedimientos internos.
“Con estas sanciones, la señal que queremos dar es que el medio ambiente tiene que ser una preocupación, porque si la empresa se preocupa, la autoridad acompañará con la prevención y vamos a ir de la mano con ello. De lo contrario, habrán respuestas fuertes como las aplicadas a Nova Austral, acordes con los tiempos que estamos viviendo”, enfatizó.
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