Toda importación de especies acuáticas vivas, en cualquier estado de desarrollo, debe contar con la autorización del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Dos importantes hallazgos de peces ornamentales genéticamente modificados se realizaron en Arica esta semana, por parte de SERNAPESCA, ADUANAS y la PDI. Éstos no contaban con la autorización para ingresar al país, acción constitutiva de delito según la Ley General de Pesca y Acuicultura, por lo que se infraccionó y presentó denuncia a tribunales.
El primer hallazgo fue en el complejo fronterizo Chacalluta donde se realizó una fiscalización en conjunto con personal de Aduanas, a un importador de peces ornamentales que portaba un cargamento de 3.820 especies que se encontraban autorizadas por Sernapesca. No obstante, en el control se detectaron 291 unidades correspondientes al ejemplar del pez cebra, que se encontraba modificado genéticamente, los cuales fueron incautados ya que no se encuentran autorizados para ingresar al país.
Esto en la Ley General de Pesca y Acuicultura (LGPA) constituye un delito según el Art. 136 bis. por lo que la Brigada Investigadora de Delitos contra el Medio Ambiente y Patrimonio Cultural (BIDEMA) de la Policía de Investigaciones (PDI) tomó el procedimiento.
En tanto, en otra inspección de rutina a las tiendas que comercializan peces ornamentales se detectó que, en una de ellas, ubicada en el terminal agropecuario, ninguna de las especies que poseían contaba con acreditación sanitaria y además tenían organismos modificados genéticamente. En total se incautaron 247 ejemplares (mayoritariamente neones y mollys), 17 de ellos genéticamente modificados (13 barbos sumatranos y 4 peces monja), donde también se activó la coordinación con la PDI.
Al respecto, la Directora Regional (s) de Sernapesca Arica Jacqueline Álvarez, indicó que “la comercialización de especies hidrobiológicas no autorizadas, es de un alto impacto para el patrimonio sanitario nacional, más aún, si se trata de especies no endémicas como lo son las especies ornamentales, ya que algunas de ellas son susceptibles a enfermedades de alto riesgo de acuerdo a la Res. Ex. N° 1741 de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura”.
Añadió que las especies que se encontraron son genéticamente modificadas (OMG), lo que quiere decir que son organismos cuyo material genético ha sido alterado en una forma que no ocurre naturalmente por cruzamiento y/o por recombinación natural, para dotarlos de bioluminiscencia. Por esto es la importancia de un trabajo colaborativo con Aduana y Policía de Investigaciones, con el fin de realizar una fiscalización integral, tanto en la internación como en el comercio ilegal de especies hidrobiológicas.
En pos del cuidado zoosanitario, hay una serie de medidas para la tenencia de peces ornamentales tales como el que deben permanecer toda su vida en ambientes cerrados y controlados como los acuarios, no deben ser liberados bajo ningún punto de vista en aguas nacionales como ríos, lagos, mar, alcantarillado doméstico, acequias, canales de regadíos, etcétera y ante sospechas de enfermedad, se debe informar a Sernapesca quien determinará el procedimiento a seguir.
Es importante recalcar que toda importación de especies acuáticas vivas, en cualquier estado de desarrollo, debe contar con la autorización del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura y la especie debe estar contenida en la Nómina de especies vivas de importación autorizada (Res.Ex.N°2662/2021).