Fallo, considerado histórico, cierra un proceso que comenzó el 2016 con una inspección conjunta del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura y la Autoridad Marítima (Mundo Acuícola-Sernapesca). Este lunes 4...
Fallo, considerado histórico, cierra un proceso que comenzó el 2016 con una inspección conjunta del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura y la Autoridad Marítima (Mundo Acuícola-Sernapesca).
Este lunes 4 de marzo, la Corte Suprema determinó que la empresa Camanchaca S.A. deberá pagar una multa de mil UTM tras confirmarse la presencia de residuos sólidos derivados de la actividad acuícola en el Lago Llanquihue. El fallo, considerado histórico, cierra un proceso que comenzó el 2016 con una inspección conjunta del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura y la Autoridad Marítima.
El 19 de agosto del 2016 se realizó una fiscalización interinstitucional de Sernapesca Los Lagos y efectivos de la Capitanía de Puerto de la capital regional en el lago Llanquihue. Con el apoyo de un robot subacuático (ROV) pudieron constatar la presencia de residuos propios de la actividad acuícola bajo los módulos de cultivo de la empresa sancionada.
En las imágenes obtenidas en esa fiscalización, se observó la presencia de contrapesos de cemento, neumáticos, mallas, bidones plásticos, cañerías plásticas e incluso una chaqueta para agua color naranja, entre muchos otros residuos. Por lo anterior, Sernapesca Los Lagos presentó una denuncia al Juzgado de Letras de Puerto Varas, por vertimiento de residuos sólidos y no mantención de limpieza del área concesionada, obligación que impone el artículo 74 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, el cual dispone expresamente: «La mantención de la limpieza y del equilibrio ecológico de la zona concedida, cuya alteración tenga como causa la actividad acuícola será responsabilidad del concesionario, de conformidad con los reglamentos que se dicten.»
En primera instancia, en junio del 2018 el Juzgado de Letras de Puerto Varas dictó sentencia condenatoria de 1000 UTM ($48.353.000) para Camanchaca S.A., por incumplimiento de su obligación, y de 100 UTM ($4.835.300) para Álvaro Poblete, gerente y representante legal de la empresa. Esta sentencia fue posteriormente confirmada por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, tras lo cual la empresa solicitó la anulación de la sentencia en la Corte Suprema, lo cual fue rechazado este lunes en el fallo definitivo.
Junto con valorar el fallo, el Director Regional de Sernapesca Los Lagos, Eduardo Aguilera, manifestó la importancia de contar con tecnología de apoyo para realizar fiscalizaciones en fondos marinos y de aguas continentales «La Corte Suprema ha tenido en mérito los antecedentes de la investigación y de las pruebas aportadas, obtenidas utilizando uno de los medios tecnológicos con los que cuenta Sernapesca Los Lagos, en este caso un ROV, que nos permitió poder aportar la información mediante pruebas fotográficas de los hallazgos en el fondo del lago en el sector de la concesión».
Por su parte, la Directora Nacional de Sernapesca, Alicia Gallardo, felicitó al equipo fiscalizador regional, y realizó un llamado a los acuicultores a ser responsables en la actividad que realizan, respetando la normativa ambiental, la que señala expresamente que los centros de cultivo deben adoptar medidas para impedir que residuos y desechos sólidos o líquidos afecten el fondo marino, columna de agua, playas y terrenos aledaños.
«Quiero enfatizar que los acuicultores en este país tienen una estricta reglamentación ambiental, y deben preocuparse de mantener la limpieza y el equilibrio ecológico bajo las áreas de cultivo, así como en las playas y áreas aledañas a ellas», concluyó la autoridad.