Las diversas indicaciones a este proyecto serán vistas nuevamente por la Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos (Mundo Acuícola). Solo en general, por 128 votos a favor, cuatro en...
Las diversas indicaciones a este proyecto serán vistas nuevamente por la Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos (Mundo Acuícola).
Solo en general, por 128 votos a favor, cuatro en contra y siete abstenciones, se aprobó el proyecto (boletín 11317) que permite a la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura proponer y tramitar, por motivos ambientales, sanitarios o de ordenamiento territorial, la relocalización conjunta de concesiones de acuicultura que no tengan salmónidos en su proyecto técnico, dentro una determinada área.
Para cumplir con este propósito, se debe mantener el grupo de especies hidrobiológicas y el área de la concesión; obtener la renuncia del titular de la concesión sometida a la condición de término de trámite de la relocalización, por resolución de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas; relocalizar la concesión dentro de áreas apropiadas para el ejercicio de la acuicultura y cumplir con la zonificación del borde costero de la región respectiva.
En los casos en que la relocalización de la concesión tenga solo por objeto ajustar las coordenadas geográficas, no se realizará la inspección en terreno para establecer la existencia o ausencia de bancos naturales de recursos hidrobiológicos.
Las concesiones que se relocalicen tendrán una vigencia de 25 años renovables.
En otro plano, el texto dispone que cada cinco años la Subsecretaría de Pesca realizará una propuesta de áreas que serán destinadas a colecta de semillas, conforme a los antecedentes técnicos que correspondan.
Para fijar las áreas de colecta se consultará previamente a la autoridad marítima, a través de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, respecto de su posible interferencia con la libre navegación y, en caso de existir una zonificación del borde costero del litoral vigente, se deberá cumplir con los usos previstos en ella.
No podrán ser propuestas como áreas de colecta sectores ya otorgados en concesión marítima, de acuicultura, declarada área de manejo disponible, destinación marítima o sujeta a otro tipo de afectación territorial, con excepción de aquellas áreas de colecta que estén vigentes a la fecha de entrada en vigencia de esta ley.
La propuesta de áreas de colecta se publicará en el Diario Oficial y en un diario de circulación regional. En un plazo de un mes, contado desde la última publicación, cualquier persona podrá formular observaciones a la propuesta, las que deberán ser respondidas en 15 días hábiles.
La propuesta resultante se consultará a la comisión regional de uso del borde costero, que tendrá dos meses contado desde el requerimiento para emitir su pronunciamiento, vencido el cual se entenderá por aprobada.
Las diversas indicaciones a este proyecto serán vistas nuevamente por la Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos de la Cámara de Diputados.