"Nuevamente la Comisión de Pesca del Senado resuelve a favor de la Industria Pesquera", señalaron desde la organización.
Para Hernán Cortes presidente del Consejo, “la Comisión de Pesca del Senado no ha cumplido con su deber adaptar la ley de pesca al fallo de Corte Suprema en relación a las perforaciones. En la práctica se encuentra en rebeldía de un fallo judicial”.
Este miércoles 16 de junio, la Comisión de Pesca del Senado sesionó brevemente para despachar a sus pares de la Comisión de Hacienda el proyecto de Ley Corta de Pesca. En esa instancia escucharon a la subsecretaria de Pesca, Alicia Gallardo quien indicó que había pleno acuerdo entre las y los senadores de comisión y el gobierno para no introducir cambios al proyecto.
De esta forma el acuerdo fue reiterar que el artículo 47 de la ley de pesca no sufrirá modificación alguna y se mantienen inalterables los mecanismos por los cuales la flota de pesca industrial puede recibir autorización de la Subsecretaría de Pesca para realizar perforaciones (actividades extractivas) dentro de las cinco millas de reserva artesanal.
Hace dos semanas atrás la Comisión de Pesca del Senado rechazó, sin ningún voto en contra, la indicación que eliminaba los incisos tercero y cuarto del artículo 47 de la Ley General de Pesca de tal manera de eliminar las perforaciones.
Dicha indicación había sido presentada para adaptar la ley al fallo de la Corte Suprema que señala: “todo privilegio ofende la igualdad ante la ley garantizada en el Artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, con el agregado de que -en la práctica- la recurrida (Subsecretaría de Pesca y Acuicultura) ha dejado sin aplicación durante un largo y excesivo período de tiempo una norma legal permanente, pudiendo inferirse, por tanto, que por una vía administrativa se está derogando o, al menos, fomentando el desuso de la ley, interpretación que desde luego no puede ser tolerada, toda vez que contradice el anotado principio precautorio en materia ambiental, explícitamente reconocido por los artículos 1 B y 1 C de la Ley N° 18.882”.
La Corte Suprema agregó que: “la vigencia de estas medidas, cuyo uso debiera ser excepcional y acotado desnaturaliza la intención del legislador de establecer una ‘reserva’ en beneficio de la pesca artesanal”.
“La autorización de perforaciones va contra todo principio de preservación de las especies y perjudica al sector artesanal. La indolencia de la Comisión de Pesca perpetúa los privilegios que la Ley de Pesca otorgó a la pesca industrial”, agregó Hernán Cortes presidente del Condepp.
«La pesca artesanal rechaza completamente la Ley Corta de Pesca porque solo da migajas a la pesca artesanal y sigue sin corregir el fraccionamiento actual de 70% para la industria y solo 30% para los cien mil pescadores artesanales y ahora consagran las perforaciones en perjuicio de nuestro sector”. concluyó.