Durante la sesión, la directora del Senapesca entregó detalles, entre otros, sobre el uso de antimicrobianos en la salmonicultura (Mundo Acuícola-Cámara.cl). Haciendo presente que en el trámite en particular se...
Durante la sesión, la directora del Senapesca entregó detalles, entre otros, sobre el uso de antimicrobianos en la salmonicultura (Mundo Acuícola-Cámara.cl).
Haciendo presente que en el trámite en particular se requieren “algunas modificaciones”, la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura respaldó en general, el proyecto que modifica la ley 18.892, General de Pesca y Acuicultura, en materia de prohibición de captura de especies salmonídeas provenientes de cultivos de acuicultura.
El texto -que ahora será analizado por la Sala del Senado- permite la captura, sea mediante pesca deportiva o por el sector de pesca artesanal, de especies salmonídeas que se hayan escapado de centros de cultivo o dejados en libertad por sus dueños, que se encuentren fuera del área de concesión, excepción sea hecha tratándose de aguas terrestres e interiores comprendidas en parques nacionales, ya sean terrestres o marítimos.
Con respecto al proceso de sanción por daño ambiental, Alicia Gallardo, directora del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, transparentó que al alcanzar el 10% de recaptura no quiere decir que no hay sanción por daño ambiental, pero en este caso quien hace la denuncia es el que tiene la carga de la prueba.
Fiscalización Sernapesca
La directora detalló que una vez notificado el escape, Sernapesca evalúa en terreno las condiciones del evento y posible magnitud del escape; verifica la aplicación del plan de acción ante contingencias, incluida la recaptura, y comprueba la adecuada mantención de estructuras de cultivo, conforme normativa, incluyendo las condiciones sanitaria y uso de antimicrobianos por jaula de cultivo.
Con respecto al uso de antimicrobianos, Gallardo destacó que en comparación al año 2017, el consumo total disminuyó en un 24% y aclaró que no está permitido el uso de antibióticos de forma preventiva; además, “al momento de cosecha debe existir un período de carencia, es decir, no habrá residuos en la carne, para que el consumidor tenga un producto inocuo”.
Para el reporte de uso de antimicrobianos, se indicó que todos los centros de cultivo (mar y agua dulce) reportan de manera mensual a Sernapesca el uso de antimicrobianos y otros medicamentos veterinarios a través de SIFA.
Al respecto, la senadora Ximena Rincón solicitó que se oficie para conocer el control que se hace en los salmones escapados y la posible presencia de antibióticos en ellos y en la harina de pescado, si fuera el caso.
Durante la sesión también estuvo presente el Subsecretario de Pesca y Acuicultura, Eduardo Riquelme.
Es decir, cuando se produce el escape la empresa debe hacer la denuncia y ahí comienza a correr un plazo de 30 días para la recaptura, el que se puede ampliar a 30 días más. Con todo, si las salmoneras no alcanzan a capturar, al menos, el 10% de los escapados hay una presunción de daño ambiental.
Al respecto, los integrantes de la Comisión solicitaron más antecedentes sobre cuáles son los argumentos técnicos del plazo estipulado, además de la definición del 10% de recaptura y la sobrevivencia del salmón escapado.
Producido el escape en un centro de cultivo, habrá una prohibición de captura de dichas especies en el área marítima de la región que corresponda, mientras dure el plazo que la empresa afectada tenga para su recaptura, de acuerdo a lo establecido en la norma respectiva.