Todas las medidas establecidas en la resolución comienzan a regir desde la publicación en dicho medio. (Mundo Acuícola). El Diario Oficial publicó el 26 de junio de este año, la...
Todas las medidas establecidas en la resolución comienzan a regir desde la publicación en dicho medio. (Mundo Acuícola).
El Diario Oficial publicó el 26 de junio de este año, la resolución exenta N° 2.515, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que complementa el Programa Sanitario General para Uso de Antimicrobianos en la Salmonicultura y otras especies de cultivo (R.E. 8228 de 2015), y los Programas Sanitarios de Manejo de Enfermedades y de Manejo de Alimentos (R.E. 67 y 71 de 2003, respectivamente).
El documento destaca que el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca) como ente fiscalizador estimó conveniente conocer con anticipación los tratamientos que cada empresa decide aplicar, obteniendo información en tiempo real y dirigida a todos los intervinientes del proceso, para así poder establecer una estrategia oportuna de control a nivel de centro de cultivo o planta elaboradora de alimentos, para ello ha implementado el sistema de Prescripción Médico-Veterinaria en línea.
Además, la Resolución Exenta N° 2.515 considera respecto de la emisión de prescripciones médico veterinarias: “Lo dispuesto en la resolución se aplicará para los tratamientos antimicrobianos en centros de cultivo ubicados en mar desde la fecha de publicación de la misma en el Diario Oficial y para los demás tratamientos que se administren en centros de cultivo de mar y agua dulce se aplicará transcurridos seis meses desde la referida publicación”.
Todas las medidas establecidas en esta Resolución comienzan a regir desde la publicación en el Diario Oficial.
El texto de la publicación se encuentra disponible en la página web del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, www.sernapesca.cl.