Informe de la comisión mixta del Congreso aclaró diferencias entorno al proyecto de ley sobre remoción de sedimentos en acuicultura.
El documento, remitido al Senado, incluye aspectos referidos a los plazos de limpieza y a los planes de recuperación e investigación.
Terminar con las divergencias entre ambas Cámaras en torno al proyecto de ley (boletín 12050) que exige la remoción de sedimentos a los titulares de concesiones de acuicultura para el cultivo de especies exóticas, es el objetivo del informe de la comisión mixta que la Sala ratificó por 92 votos a favor y 22 abstenciones.
Uno de los puntos del informe dispone el plazo para realizar labores de limpieza. Así, se indica que, constatada la existencia de desechos inorgánicos en el fondo de la concesión, deberán realizar dichos trabajos en los seis meses siguientes. Ello, sin perjuicio de las sanciones que sean procedentes.
El plan de recuperación tendrá por objeto establecer el uso de mecanismos físicos, químicos o biológicos tendientes a mejorar las condiciones del área de sedimentación. De tal modo, se acelerará la incorporación de materia orgánica al ambiente.
Estudiar y desarrollar métodos y tecnologías para recuperar los fondos marinos serán los objetivos del plan de investigación. Sus resultados se entregarán al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, para mejorar los planes de recuperación.
En este plan se podrá autorizar el empleo de tecnologías que utilizarán los titulares de las concesiones de acuicultura para recuperar los fondos marinos. También, de aquellos fondos que se encuentren en los parámetros que defina la autoridad, de conformidad con el reglamento.
Sanciones y plazos
El informe agrega como sanción para el titular de la concesión o quien tenga derecho sobre ella para ejercer la actividad, el haber sido sancionado, por segunda vez, por incurrir en las infracciones de no retirar los desechos en los plazos antes mencionados.
En caso de que el infractor no haya retirado en seis meses los desechos inorgánicos la sanción se duplicará. Actualmente, el valor de las multas oscila entre 2 mil y 3 mil UTM.
Las disposiciones reglamentarias necesarias para dar cumplimiento a esta ley deberán dictarse en el plazo de dieciocho meses desde su publicación en el Diario Oficial.
Esta moción ingresó a trámite legislativo en agosto de 2018. Sus autores son los diputados DC Gabriel Ascencio y Gabriel Silber; los PS Fidel Espinoza, Luis Rocafull, Juan Santana y Jaime Tohá; el PL Alejandro Bernales; el RD Jorge Brito; el PC Daniel Núñez y el UDI Javier Hernández.