Tras denuncias realizadas por SERNAPESCA y la Gobernación Marítima de Talcahuano, la Superintendencia del Medio Ambiente constató el tratamiento inadecuado de RILes en sus productos congelados y falta de monitoreo...
Tras denuncias realizadas por SERNAPESCA y la Gobernación Marítima de Talcahuano, la Superintendencia del Medio Ambiente constató el tratamiento inadecuado de RILes en sus productos congelados y falta de monitoreo de autocontrol durante tres años conforme a lo comprometido con la autoridad.
La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló cargos en contra Foodcorp Chile S.A, quien es titular, entre otros, de los proyectos: “Línea de Congelados de Pescado”, “Modificación descarga de RIL limpio de Planta Congelados DescarilFoof” y “Cañería conductora de petróleo, Foodcorp S.A.”, todos ubicados en la comuna de Coronel, provincia de Concepción, región del Biobío.
Luego de una serie de denuncias derivadas a la SMA por parte de la Gobernación Marítima de Talcahuano y el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (SERNAPESCA) de la región y tras haber analizado todos los antecedentes, la Superintendencia decidió formular cargos contra Pesquera Foodcorp Coronel.
Los cargos formulados son dos, ambos calificadas como leves y que dicen relación con el tratamiento inadecuado de los residuos industriales líquidos en el proceso de los productos congelados y la falta de reporte de frecuencia de monitoreo exigida en el compromiso adquirido conforme a la Res Ex. SMA N° 639/2014, asociado al DS N°90/2000, en los períodos de junio a diciembre de 2017 y la totalidad de los años 2018 y 2019.
Según explicó el jefe de la Oficina Regional (S) Juan Pablo Granzow, las materias relevantes y que dieron pie a esta formulación de cargos, incluyen esencialmente el manejo de residuos líquidos, de oleoductos y seguimiento y monitoreo ambiental. “El tipo de hallazgos constatados hicieron imposible realizar la evaluación ambiental consideradas en el Programa de Vigilancia Ambiental (PAV)”, señaló.
Tras la notificación de formulación de cargos, el infractor podrá ser objeto de amonestación por escrito o multa de hasta 1.000 UTA.
Para mayor detalle, acceder a la formulación de cargos en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA): https://snifa.sma.gob.cl/Sancionatorio/Ficha/2248