Además se establece el procedimiento para identificar operaciones inusuales o sospechosas, y se amplía el listado de señales de alerta (Mundo Acuícola-Sernapesca). Con fecha 20 de febrero del presente año,...
Además se establece el procedimiento para identificar operaciones inusuales o sospechosas, y se amplía el listado de señales de alerta (Mundo Acuícola-Sernapesca).
Con fecha 20 de febrero del presente año, se aprobó la versión 2.0 del Manual del Sistema de Prevención del Lavado de Activos, delitos funcionarios y financiamiento del terrorismo del Sernapesca.
Respecto a la versión anterior, que data del 2017, se modifican doce puntos y se agregan siete nuevos anexos: El primero de éstos es el procedimiento para identificar, evaluar y actualizar los riesgos institucionales, así como su difusión y capacitación. Además se establece el procedimiento para identificar operaciones inusuales o sospechosas, y se amplía el listado de señales de alerta.
Por ejemplo, funcionarios con un nivel de gastos o inversiones que no corresponde a su nivel de ingresos declarados, o aquellos que con frecuencia permanecen en la oficina más allá de la hora de cierre, o atienden persistentemente a determinados usuarios.
También aquellos funcionarios que aceptan obsequios o regalías por parte de empresas fiscalizadas, o que desean acudir solos a fiscalizar.
Además, se establecen alertas sobre eventuales conflictos de interés por relaciones de parentesco, sociales o de negocios, vinculadas al manejo de información, o a procesos de contratación de funcionarios públicos.
Por último, se agrega un anexo que consigna los cambios observados en las señales de alerta más críticas del Servicio.
Ana María Ramírez Angeli, Encargada de la Unidad de Análisis Financiero de Sernapesca, enfatiza que la principal innovación del Manual versión 2.0, es la incorporación de nuevas señales de alerta de posibles delitos funcionarios precedentes de los de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, levantadas por funcionarios regionales durante las capacitaciones efectuadas durante el año 2019.
La abogada reitera que cualquier funcionario tiene la posibilidad y en algunos casos la obligación de reportar a la UAF institucional según el procedimiento establecido en el Manual, situaciones que a su entender se enmarcan dentro de las señales de alerta establecidas en esta nueva versión del Manual, enfatizando que tanto el reporte como su tramitación posterior están sujetos a la más absoluta confidencialidad. La versión íntegra de este manual está disponible aquí. http://www.sernapesca.cl/sites/default/files/res.ex.362-2020_y_manual_del_sistema_de_prevencion_de_la_uaf_de_sernapesca_version_2.0.pdf