La SMA ya había dictaminado Medidas Urgentes y Transitorias, y Medidas Provisionales, consistentes en la detención total del funcionamiento del Centro de Engorda de Salmones (Mundo Acuícola). La Superintendencia del...
La SMA ya había dictaminado Medidas Urgentes y Transitorias, y Medidas Provisionales, consistentes en la detención total del funcionamiento del Centro de Engorda de Salmones (Mundo Acuícola).
La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) ha formulado cargos en contra de la empresa Marine Harvest Chile S.A., titular del Centro de Engorda de Salmones (CES) Punta Redonda en la Isla Huar, que es regulado por las RCA N° 2040/2001 y RCA N° 539/2011, por incumplimientos a las condiciones, normas y medidas establecidas en dichas resoluciones.
El CES ubicado en el sector Sur de Punta Redonda en Isla Huar, comuna de Calbuco, Región de Los Lagos, corresponde a un centro de engorda de salmones en una concesión de acuicultura de 14,05 hás, para la instalación de balsas-jaulas, un pontón habitable, y un sistema de ensilaje. La producción máxima autoriza es de 6.500 ton.
Cabe recordar que el día 5 de julio de 2018 se escaparon más de 690 mil ejemplares de salmón del Atlántico desde este centro. Como conclusión de los resultados de las faenas de recaptura hasta el día 15 de septiembre de 2018, y de acuerdo con los reportes del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, ascendieron a 38.286 ejemplares, lo cual equivale a un 5.54% del escape registrado, configurándose, por tanto, la presunción de daño ambiental establecida en el artículo 118 quáter de la Ley de Pesca y Acuicultura.
Así, las principales infracciones detectadas por esta Superintendencia fueron constatadas a partir de las fiscalizaciones realizadas por funcionarios de la Oficina Regional de la SMA de Los Lagos, en conjunto con funcionarios del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura de la Región y Directemar, confirmándose la deficiente operación del CES Punta Redonda de Marine Harvest Chile. Como resultado de lo anterior se detectaron 2 incumplimientos a la normativa ambiental que regula dicho Centro de Engorda de Salmones, esto es:
- No mantener en el CES Punta Redonda las condiciones de seguridad apropiadas ni elementos de cultivo de óptima calidad y resistencia según la RCA N°2040/2001 y RCA N°539/2011, cuya consecuencia fue el escape masivo de ejemplares del centro.
- Mantener y operar instalaciones de apoyo en tierra no destinadas a la operación de ensilaje.
La primera de las infracciones fue clasificada como gravísima, por constituir daño ambiental no susceptible de reparación, por lo que el titular arriesga la revocación de la RCA, clausura o multa de hasta 10 mil Unidades Tributarias Anuales (UTA). Sin perjuicio de la sanción que pueda imponerse, para la reparación del daño ambiental causado, el artículo 43 de la LO-SMA establece la procedencia de un Plan de Reparación. Mientras que la segunda infracción fue clasificada como leve por lo que el titular podría ser objeto de amonestación por escrito o una multa de una hasta mil UTA.
Tras la notificación de esta formulación de cargos, Marine Harvest Chile S.A. tendrá un plazo de 10 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento para el caso de la segunda infracción, y de 15 días hábiles para formular sus Descargos respectivos.
Declaración de Marine Harvest
Con respecto a la formulación de cargos de la SMA, la empresa declaró que se encuentra revisando detalladamente los cargos y en el marco de este proceso, “nuestra compañía responderá exhaustivamente cada una de las situaciones y hechos expuestos por la SMA, entregando los antecedentes y pruebas correspondientes”.
Marine Harvest agregó que, tal como lo establece la legislación ambiental, “la formulación de cargos es sólo el inicio de un proceso de investigación reglado y, en ningún caso, implica un pronunciamiento definitivo ni una sanción”.
Para mayor detalle, se puede acceder a la formulación de cargos en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA): en http://snifa.sma.gob.cl/v2/Sancionatorio/Ficha/1809